¿Los mensajes de WhatsApp son prueba en un juicio?

La Asociación Italiana de Abogados Matrimoniales afirmó que en aquel país, las conversaciones en WhatsApp son citadas como evidencia


WhatsApp exhibe un logro que da cuenta de su proliferación en la vida cotidiana: sus mensajes se han convertido en prueba en procesos judiciales de diversa índole.

La Asociación Italiana de Abogados Matrimoniales afirmó que en aquel país, las conversaciones en WhatsApp son citadas como evidencia en el 40% de los casos de divorcio, en los que sobrevuelan acusaciones de infidelidad.

No obstante existen dudas respecto de la validez probatoria de estas y otras conversaciones online. No porque sí, la Asociación de Internautas de España denunció que un gran porcentaje de los mensajes citados en juicios son manipulados mediante programas capaces de crear conversaciones inexistentes, además de editar mensajes enviados y recibidos.

Daniel Monastersky, abogado especializado en delitos informáticos y protección de datos, dijo a LA NACION que "casi todos los inconvenientes que puedan terminar en Tribunales tienen pruebas digitales", y que este tipo de evidencia es particularmente recurrente en juicios laborales y de divorcio. 

El especialista, fundador del sitio Identidad Robada, comenta que "la digital es una prueba más de todas las que existen" y que ésta "se meritúa en base a la información que te brinde el proveedor o la plataforma". En ese sentido, Monastersky explica que una simple captura de pantalla o una impresión en papel, por sí mismas, no revisten valor probatorio sólido. 

"Para poder darle validez a esta documentación, lo que se solicita es una constatación notarial del contenido para que un escribano dé fe del texto, de una información, una calumnia, una injuria o lo que sea, porque es una información que es muy probable que apretando un botón deje de existir de un momento a otro."
Fernando Tomeo, abogado con vasta experiencia en derecho informático, añade: "En todo caso, la prueba documental tiene que complementarse con una prueba informática sobre el servidor que corresponda, testimonios que puedan dar fe de esos posteos o una prueba de informes librada al proveedor del servicio, a fin de que remita información al Tribunal sobre un chat en particular". 

Y agrega que "en la práctica, un chat de Facebook o un WhatsApp cargado de tinte sexual equivale a valijas en la puerta de casa".

Tomeo explica que según las más recientes políticas de uso, WhatsApp no guarda los mensajes en sus servidores como principio, aunque sí como excepción. "Personalmente, creo que siempre tienen el contenido en su ámbito de disponibilidad y que los revelarían a pedido de una autoridad gubernamental o judicial actuando en el curso ordinario de sus negocios. 

Si la NSA (la agencia de inteligencia de Estados Unidos) se los pidiera estoy seguro de que se los darían, y que los tienen. Lo mismo si los pidiera un juez nacional en una investigación de delitos de alcance global, como los actos de terrorismo."

Si bien este tipo de pruebas son muy empleadas para casos de divorcio, aplica para la mayoría de los casos judiciales. Monastersky sostiene que las conversaciones entabladas en el mensajero son "una prueba más y tienen la misma validez en los distintos procesos judiciales, aunque hay que saber cómo solicitar esta información para darle mayor transparencia y validez probatoria".

A fin de cuentas, el contenido virtual no claudica en su costumbre: en la mayoría de las ocasiones tiene su correlato, confluencia y consecuencia en la vida real. Recientemente, desde Brasil llegó la noticia de que un juez ordenó suspender el funcionamiento de WhatsApp en el marco de una investigación. 

La compañía no colaboró. Los detalles son confidenciales y, de momento, el célebre mensajero sigue en funcionamiento en ese país por una apelación de los abogados de WhatsApp.

La mirada local

"No tenemos en la Argentina una ley especial que fije reglas claras en materia de valor probatorio de documentos digitales o prueba digital específica", sostiene Tomeo, aunque agrega: "A mi entender, el mensaje de WhatsApp, un tuit o una publicación en Facebook constituyen una declaración, la expresión de una idea o una exteriorización de voluntad y, en tal sentido, obligan a su autor civil y penalmente".

Monasterky anota que en este punto, la ley argentina se ajusta al clima global y explica que el concepto comunicaciones electrónicas, agregado a la legislación nacional hace menos de una década, contempla los mensajes en WhatsApp, tuits, posteos en Facebook, y así. 

"Se detalló específicamente comunicaciones electrónicas para evitar la obsolescencia tecnológica. Imaginate si hubieran puesto en 2008 solamente los mensajes de texto. Por entonces no se usaban Twitter ni Facebook en forma masiva, y no existía WhatsApp."

Finalmente, ¿cómo determina la Justicia que el contenido en cuestión fue publicado por aquella persona a la que se le imputa un delito? Explica Tomeo: 

"Este es un gran tema, máxime cuando el robo o la sustitución de identidad digital es común. En todo caso hay que pegar al supuesto creador del contenido al soporte informático o documento digital que corresponda mediante el rastreo de la dirección de IP (el número que identifica a cada dispositivo conectado a Internet), el secuestro del equipo donde se aloje el contenido u otros medios probatorios que constituyan presunciones graves, precisas y concordantes en los términos del código procesal. 

Por ejemplo, un testigo de la oficina que acredite que una señorita chateaba con su jefe en extensos diálogos eróticos con fotografías de por medio. En muchos casos tenés planteos de nulidad o afectación a la privacidad o confidencialidad, pero en definitiva el juez tiene que resolver".

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